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domingo, 10 de julio de 2011

PROCESO PARA LA ACREDITACION EN SALUD


Seguramente muchos cientos o miles de prestadores de servicios de salud en la actualidad, todavía no conocen que los ejes de la acreditación son la seguridad del paciente, la humanización de la atención, la gestión de la tecnología, el enfoque de riesgo,  la cultura organizacional y la responsabilidad socio empresarial; existe otro grupo que piense que el proceso de Acreditación es demasiado complejo, y que no vale la pena el esfuerzo y los recursos que se inviertan; pero hay otro grupo de profesionales que lideran el grupo de avanzada de prestadores colombianos, que se han comprometido con esta tarea fundamental, que además se constituye en uno de los cimientos que permitirá recomponer el tejido social del sector.

Consultorsalud pretende con este artículo resumir los aspectos más importantes de este proceso sectorial, de manera sencilla, buscando motivar a más IPS y ESE para que tomen la decisión de dar el primer paso hoy mismo.

El Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad (SOGC) fue reglamentado por primera vez mediante el Decreto 1918 de 1994, luego por el decreto 2174 del 1.996, que fue modificado mediante los Decretos 2309 del 2002 y el Decreto 1011 del 2006, actualmente vigente.

El SOGC está conformado por cuatro subsistemas denominados componentes (artículo 4, Decreto 1011 del 2006), que son:

1.     El Sistema Único de Habilitación (SUH)
2.     La Auditoría para el Mejoramiento de la Calidad de la Atención de Salud (PAMEC)
3.     El Sistema único de Acreditación (SUA)
4.     El Sistema de Información para la Calidad (SIC)

Estos componentes se interrelacionan de manera continua y el cumplimiento de los estándares de Habilitación y la implementación del Programa de Auditoría para el mejoramiento de la Calidad de la Atención en Salud, son un pre-requisito para presentarse a la Acreditación en Salud ante ICONTEC, (Instituto Colombiano de Normas Técnicas), como organismo Nacional de Acreditación en Salud. El cumplimiento de estos requisitos debe ser certificado por la Dirección Territorial de Salud correspondiente.

El Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad (SOGC) aplica a los Prestadores de Servicios de Salud, las Entidades Promotoras de Salud, del régimen subsidiado y del régimen contributivo, las Entidades Adaptadas, las Empresas de Medicina Prepagada y a las Entidades Departamentales, Distritales y Municipales de Salud, que se encuentren dentro del Sistema General de Seguridad  Social en Salud).

El Sistema de Acreditación en Salud (SUA) es el conjunto de entidades, estándares, actividades de apoyo y procedimientos de autoevaluación, mejoramiento y evaluación externa, destinados a  demostrar, evaluar y comprobar el cumplimiento de niveles superiores de calidad por parte de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, las EAPB y las Direcciones Departamentales, Distritales y Municipales que voluntariamente decidan acogerse a este proceso.

La Resolución 1445 del 2006 del 8 de mayo del 2006, estableció las funciones de la Entidad Acreditadora, que en COLOMBIA es el ICONTEC (Instituto  Colombiano de Normas Técnicas).

La Resolución 1445 del 2006 establece 2 anexos técnicos, el primero dispone la filosofía, la estrategia, los procedimientos de autoevaluación interna y de evaluación externa, el sistema de calificación, el perfil y la conformación de la Junta de Acreditación en Salud.

El segundo anexo de la Resolución 1445 del 2006 establece los Manuales de Acreditación en Salud para Entidades Promotoras de Salud (EPS), Instituciones Hospitalarias, Ambulatorias, Servicios de Imagenología, Laboratorio Clínico y Entidades de Rehabilitación.

QUE ES LA ACREDITACION

La Acreditación en Salud es una evaluación específica para el sector salud, que verifica el cumplimiento de estándares de proceso y de resultado de la atención en salud. La acreditación se basa en el cumplimiento de estándares de procesos científicos, administrativos y gerenciales de la atención en salud, enfocados en el usuario y su familia, por parte de las instituciones de salud (IPS y EPS), los cuales se diseñaron teniendo en cuenta el contexto nacional e internacional y aplican a  las instituciones como un conjunto integral.

La Acreditación en Salud también es un proceso voluntario, con evaluación por pares, que obedece a unos principios y estándares internacionales, definidos por el organismo acreditador de acreditadores: la ISQua o Sociedad Internacional para la Calidad en la Atención en Salud), al cual ICONTEC está afiliado.

COMO SE PREPARA LAS IPS PARA LA ACREDITACION

Las instituciones de salud que tomen la decisión de prepararse para acreditarse, deberán establecer los mecanismos que les permitan garantizar el cumplimiento de los estándares de habilitación, ser verificadas y certificadas en el cumplimiento de las condiciones de Habilitación por las Direcciones  Territoriales de Salud. A partir de este cumplimiento mínimo, podrán implementar los procesos de los estándares de acreditación en salud, utilizando la Guía  Práctica de Preparación para la Acreditación en Salud desarrollada por el Ministerio de Protección Social e ICONTEC en el marco de los Principios de la  Acreditación en Salud, los Lineamientos Nacionales e Internacionales por la Seguridad del Paciente, el Mejoramiento Continuo de la Calidad y las directrices y procedimientos institucionales, así como los definidos por ICONTEC en la página web y el conjunto de herramientas y estrategias propias de cada institución,  hasta alcanzar los niveles o puntajes que le permitan presentarse y solicitar los servicios de Acreditación a ICONTEC.

La preparación para la acreditación en salud, incluye una profunda reflexión sobre la cultura de la organización, su orientación al usuario, los aspectos éticos del  quehacer profesional, las políticas de seguridad de paciente y la concepción de “institución segura” y demás elementos propuestos por el Ministerio del protección  Social y el ICONTEC.

La conformación de equipos de auto evaluación multidisciplinarios, que estudien los estándares, propongan e implementen mejoras a partir de ciclos PHVA se ha comprobado como un factor crítico de éxito. El compromiso de la alta dirección y una orientación clara en el direccionamiento estratégico de largo plazo, son  condiciones necesarias para el desarrollo del sistema.

Mediante el Decreto 4295 del 2007, el Ministerio de la Protección Social adoptó el Decreto 1011 del 2006, como una Norma Técnica Colombiana, en la que el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad del sector Salud, equivale al Sistema de Gestión de Calidad establecido mediante la Ley 872 del 2003. En este  sentido las instituciones de salud de carácter público en Colombia deben cumplir con los lineamientos específicos adoptados para el sector, por el Ministerio de  Protección Social, deben desarrollar y cumplir la legislación en materia de calidad, específica, incluyendo el Decreto 1011 del 2006 y las Resoluciones 1043 del 2006 y Resolución 1445 del 2006.

Adicionalmente el Ministerio de la Protección Social estableció la Resolución 2181 de 2008, del 16 de junio, por la cual se expidió la Guía Aplicativa del Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención de Salud, para las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud de carácter Público.

QUE REPRESENTA EL CERTIFICADO DE ACREDITACION


El Certificado de Acreditación es un reconocimiento de prestigio, respecto del compromiso y logros alcanzados por la institución en materia de superación de los niveles mínimos de calidad de la atención en salud, frente a la Seguridad del Paciente, la humanización, la gestión del riesgo, la transformación cultural, la gestión de la tecnología y la responsabilidad social,  basada en procesos ordenados y el recorrido óptimo de los usuarios y sus familias, desde su entrada hasta el egreso en las instituciones de salud y la Mejora Continua de la Calidad, con principios y valores éticos.

BENEFICIOS DE LA ACREDITACION

La Acreditación permite que las organizaciones de salud que la obtengan:

1.     Mejoren la imagen y credibilidad ante los clientes y la comunidad en general.
2.     Trabajen continuamente en el mejoramiento de los procesos centrados en la vida, la salud y la seguridad de los clientes.
3.     Hagan pública su condición de acreditado y se destaquen entre sus pares por haber logrado un reconocimiento de una entidad externa y haber iniciado un proceso de mejoramiento continuo hacia la excelencia.
4.     Exporten sus servicios.
5.     Reduzcan los costos de la no Calidad.
6.     Mejoren su capacidad de negociación con las aseguradoras y  el Estado
7.     Posibiliten que en el Sistema de Seguridad Social en Salud se estudien otros incentivos para la mejor  prestación de dichos servicios.
8.     Motiven a los usuarios a ejercer el derecho a la libre elección.
9.     Mantengan los logros alcanzados con la acreditación y se orienten hacia un proceso de mejoramiento continuo de la calidad.

INSTITUCIONES ACREDITADAS EN COLOMBIA

1.     Instituto del Corazón - Unidad de negocios de la FCV
2.     Hospital Pablo Tobón Uribe
3.     Hospital General de Medellín
4.     Hospital del Sur de Itagüí
5.     Hospital Pablo VI Bosa
6.     Centro Policlínico del Olaya
7.     Centro Médico Imbanaco
8.     Clínica del Occidente
9.     Fundación Santa Fe de Bogotá
10.  Fundación Valle del Lili
11.  Centro Dermatológico Federico Lleras Acosta
12.  Clínica de Oftalmología de Cali
13.  Hospital Nazareth ESE
14.  Laboratorio Clínico Continental Ltda.
15.  Fundación Cardioinfantil - Instituto de Cardiología
16.  Hospital Manuel Uribe Ángel
17.  Fundación Oftalmológica de Santander-Clínica Carlos Ardila Lülle
18.  Hospital San Vicente de Paúl Medellín
19.  Hospital Universitario Departamental de Nariño
20.  Clínica Reina Sofía
21.  Instituto de Ortopedia Infantil Roosevelt
22.  Hospital Civil de Ipiales

Consultorsalud agradece la información obtenida del portal oficial de acreditación en Colombia.

jueves, 6 de enero de 2011

RETOS DE LAS EPS 2011


Apenas comienza el año 2011, y ya pueden conocerse la gran cantidad de retos que deberán atender las Empresas Promotoras de Salud, luego del texto aprobado de la reforma al Sistema General de Seguridad Social en Salud; la gran mayoría de ellos, con seguridad redundarán en beneficios inequívocos para todos los colombianos.
He querido hacer una lista simplificada de los que considero los mas importantes:

  1. Nuevos requisitos de funcionamiento: que reglamentará el Ministerio de la Protección Social (MPS), en relación con el número mínimo de afiliados, margen de solvencia y capacidad financiera y técnico-científica. Tenemos al frente entonces un periodo de acercamientos y alianzas estratégicas entre aseguradores, que podría terminar convirtiéndose indirectamente en otro decreto 1804, que impulsó fusiones empresariales y liquidó sin contemplaciones a decenas de empresas de salud que no cumplieron requisitos. Veremos surgir de este importante articulo de la nueva ley, un sector asegurador fortalecido, con menos actores que tienen una mejor capacidad de asegurar el riesgo, y de supervisar el estado de salud de sus afiliados.
  2. Ajuste administrativo: debiendo las EPS del régimen contributivo reducir sus gastos hasta el tope del 10% de las UPC recibidas, liberando simultáneamente miles de millones para ofrecer mas y mejores servicios de salud (recordemos que las EPS del régimen subsidiado ya administran la UPC con un tope del 8% desde hace años).
  3. Portabilidad Nacional: Este nuevo derecho que se le entrega a los colombianos, representa para las EPS un gran reto logístico, contractual y financiero, y les exigirá con seguridad el mayor cuidado para conservar el control sobre la puerta de entrada y el sistema de referencia y contra referencia, sin generar barreras de acceso, pero al mismo tempo evitando un uso irracional y no supervisado de los servicios.
  4. Prestación del POS a través de redes integradas de servicios:  Como para alquilar balcón estará esta coordinación que deben hacer con los entes territoriales, para definir la red necesaria y suficiente que atenderá las poblaciones afiliadas, y que según la norma puede incluir oferentes públicos y privados; de igual magnitud será el pulso para vigilar la reglamentación de estas redes, que adquieren un estatus vital en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
  5. Actualización del POS: Definitivo será para las EPS obtener las garantías suficientes por parte de la CRES y el MPS, para que la UPC aprobada sea capaz de comprar la canasta de beneficios que no para de crecer, no solo por cuenta de los estudios técnicos, sino por decisiones legislativas, que por ejemplo ahora incluyen la atención integral en salud mental , a discapacitados, a mujeres violentadas y atención preferencial a menores de 18 años; un mal cálculo traería la ruina de todo el sector, y una insuficiencia de la UPC no detectada y no compensada integralmente, ademas convocaría responsabilidades incalculables para el Estado Colombiano.
  6. Saneamiento de las deudas: Otra vez el gobierno expide una norma otorgándole plazo a los alcaldes y EPS para que liquiden los contratos (3 meses), y paguen lo saldos (1 mes adicional); Confiemos que esta sea la vencida, y los recursos fluyan hasta los últimos receptores que esperan hace años estos pagos que se envolataron en medio de tanta intermediación financiera. Sobre este tema es hora de un PUNTO FINAL. que quienes tienen obligaciones las paguen (especial y primeramente el Estado en sus diferentes presentaciones territoriales y nacionales), y hacia el futuro el gobierno debe ser inflexible con todos aquellos que incumplan las normas: FUERA DEL SISTEMA.
  7. Audiencia Públicas, Indicadores de Gestión y Evaluación: Las EPS tendrán una gran cantidad de controles adicionales en adelante, que buscarán que su labor, se refleje en mejoras significativas en el mantenimiento y/o la recuperación de la salud de sus afiliados, y se acumulan artículos sancionatorios que van desde multas consecutivas, pasando por intervenciones forzosas, hasta la pérdida de la habilitación por diferentes motivos.
Podría seguir escribiendo sobre los SESENTA aspectos principales que la nueva ley de salud trae para las EPS, pero me detengo simplemente para decir, que en adelante PARA SER ASEGURADOR HAY QUE TENER VOCACIÓN, porque la cosa se puso color de hormiga. 


Carlos Felipe Muñoz Paredes
Gerente General