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domingo, 11 de septiembre de 2011

LAS 39 PATOLOGIAS Y 347 TECNOLOGÍAS QUE ESTUDIA LA CRES PARA EL POS



En este informe especial, conocerá algunas de las 39 patologías y las 347 tecnologías que estudia la CRES para incluir en el Nuevo Plan Obligatorio de Salud POS, que se aprobará máximo el 30 de noviembre del año en curso.

La CRES nos ha dejado conocer el último estudio de carga de enfermedad, mediante el cual han entrado a la baraja de patologías que se estudian para incluir su manejo en nuevo Plan e Beneficios, hecho histórico que representa la primera actualización y revisión integral desde la aprobación del sistema general de seguridad social en salud en el año 1993.

CONSULTORSALUD ha querido hacer un resumen de algunas de las 39 patologías presentadas por la Comisión de Regulación y de las 347 tecnologías que están siendo revisadas bajo la metodología que también ha sido puesta en conocimiento de todos los colombianos., y cuyos detalles completos están disponibles para su descarga en nuestro portal www.consultorsalud.com


PATOLOGIAS EN ESTUDIO

Para mencionar algunas de las 39 patologías que se están revisando, hemos seleccionado las siguientes:

1.     Depresión mayor unipolar
2.     Trastornos bipolares
3.     Esquizofrenia
4.     Cirrosis hepática
5.     Síndrome de Down
6.     Artritis Reumatoidea
7.     Epilepsia
8.     Cisticercosis
9.     Asma
10.  Diabetes
11.  Cardiopatía hipertensiva
12.  Edentulismo (perdida de dientes)
13.  Glaucoma
14.  Desnutrición
15.  Enfermedad Periodontal


TECNOLOGIAS EN ESTUDIO - FARMACOS

Y dentro de las 347 tecnologías que se están revisando aquí listamos diez (10) patologías para las cuales se incrementaría el uso de medicamentos aprobados, a manera de ejemplo:

1.     Fármacos para el manejo de la depresión: Clomipramina, Maprotilina, Citalopram, Fluvoxamina.
2.     Medicamentos para el Asma: Deflazacort, Metilprednisolona, Budesonida, Fluticasona, Salmeterol, Montelukast,
3.     Medicamentos para el cáncer de estómago y próstata: Epirrubicina, MItoxantrone, Capecitabina, Oxaliplatino.
4.     Medicamentos para la Leucemia: Idarrubicina, Tretiona, Pegfilgrastim, filgrastim, Dexrazoxane, Mesna, Ifosfamida, Nilotinib, Imatinib.
5.     Para la desnutrición: alimentación  enteral.
6.     Para la Epilepsia: Pregabalina, Lamotrigina, Oxcarbacepina, Vigabatrin.
7.     Para la cardiopatía Hipertensiva: Valsartan, Cilexetilo Candesartan, Eprosartan, Irbesartan, Olmesartan, Telmisartan. Diltiazem, Amlodipino, Irbesartan, Losartan, Quinapril, Lisinopril, Ramipril,
8.     Para el cáncer de mama: Lapatinib, Anastrozole, Exemestane, Letrozole.
9.     Para la Esclerosis Múltiple: Glatiramer acetato, Interferón beta,
10.  Para la Diabetes: Insulina: Glulisina, Aspart, Lispro, Detemir; Domperidona, Cisaprida, Glucagón, Fenofibrato, Ciprofibrato.


TECNOLOGIAS EN ESTUDIO - PROCEDIMIENTOS

Entre esas 347 tecnologías que estudia la CRES, además se están estudiando los siguientes procedimientos, a manera de muestra, presentamos los siguientes:

1.     Citogenética de médula ósea y niveles séricos de metrotexate para la leucemia
2.     Resonancia nuclear magnética de cerebro de alto campo para la epilepsia
3.     Implantación de stents bronquiales y traqueales, y tomografía por emisión de positrones para cáncer de pulmón
4.     Terapia de integración social por farmacodependencia
5.     BCG inmunoterapéutico para el cáncer de vejiga
6.     Trombolisis endovenosa y evaluación neurosicológica de ataque cerebro vascular
7.     Ecocardiograma doppler color para cardiopatía hipertensiva
8.     Cirugía refractiva para vicios de refracción
9.     Trasplante de pulmón
10.  Urotac para litiasis urinaria
11.  Cirugía bariátrica endoscópica para la obesidad
12.  Prostatectomía laparoscópica
13.  Tiras de glucometría
14.  Implantes cocleares
15.  Cariotipo de bandeo para enfermedades congénitas

CONSULTORSALUD encuentra importante este informe de avance que presenta la CRES, y apoya su divulgación para que miles de colombianos puedan conocer el camino de la actualización integral del Plan de Beneficios, del que seguramente seremos todos los colombianos usuarios en el mes de enero del año 2012.
Lamentablemente para los que conocen solo ahora estos resultados parciales de avance, ya no se pueden hacer sugerencias de revisión, inclusión o supresión, pues los términos para ello, que fueron ofrecidos por la Comisión de Regulación en Salud CRES, ya vencieron.



CARLOS FELIPE MUÑOZ PAREDES
Gerente General
CONSULTORSALUD




Descargue al final el documento completo.

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CONSULTORSALUD te invita al VI Congreso Nacional de Salud “LA TRANSFORMACION DEL SECTOR SALUD EN COLOMBIA”, evento que se llevará a cabo en la ciudad de Bogotá, los días 1 y 2 de diciembre del año 2011.

Incluye en tu agenda desde hoy, los días 1 y 2 de diciembre, y asiste para una completa actualización que brindaran algunos de los más reconocidos expertos nacionales, con las últimas novedades y reformas del sistema de salud, incluyendo: el Nuevo Plan de Beneficios, La Prestación de servicios de salud a través de Redes, el Documento CONPES de Política Nacional de Medicamentos, Las nuevas herramientas legales para el cobro y pago de la cartera antigua y los giros directos a prestadores, los cambios en los requisitos de habilitación, La Estrategia de APS y su implementación, La contratación del talento humano y las alianzas público-privadas, como temas centrales.

Además participa como expositor en nuestra muestra comercial, reservando desde ahora tu stand. Llámanos: 317-4296207 , y escribenos: congresodesalud2011@gmail.com 



martes, 30 de agosto de 2011

LOS PRIVILEGIOS DEL MAGISTERIO EN SALUD

Mientras el resto del país, se rasga las vestiduras por el altísimo costo de las ineficiencias sectoriales, y se discute sin descanso sobre las propuestas de los diferentes actores, gremios y del propio gobierno, incluyendo la cada vez mas consolidada voz de la autodenominada "Mesa Intersectorial por el Derecho a la Salud", quienes han declarado el colapso de salud en toda Colombia, interpretado todas las decisiones gubernamentales como Pro-EPS, condenado la intermediación financiera, calculado la cartera en 5,6 billones (una diferencia de mas de 4 billones sobre lo expresado por el Ministro de la Protección Social en su ultima alocución (ver los videos 1 y 2 en nuestro canal), y propuesto que se suspenda el mecanismo de compensación de la UPC con las EPS, se gire directamente a los prestadores, se embargue a las EPS, se usen los TES para cancelar las obligaciones y se inyecte dinero adicional a las IPS para que vinculen laboralmente a sus trabajadores; Si, mientras todo esto pasa, el gremio de los maestros colombianos logra que los Ministros de Educación, Protección y Hacienda se arrodillen mansamente y ademas hagan público este honorable gesto en el diario de mayor circulación nacional, el día de hoy (El Tiempo, Martes 30 de agosto, Pag 7).

Pero de que se trata exactamente esto?

Bajo el argumento del próximo vencimiento de los contratos entre el Fondo de Prestaciones del Magisterio y las IPS que prestan el servicio de salud a los educadores colombianos y sus familias, estos tres eximios representantes del mas alto gobierno del Presidente Santos (sobre decir que en la mas pulpa y frondosa época pre-electoral), no ahorran epítetos y calificativos afectuosos frente a este poderoso sector nacional, y se comprometen a respetar el intocable régimen excepcional que los asegura, pero ademas ofrecen "garantías" para NO INCLUIR a estos privilegiados colombianos al régimen general de salud contemplado en la ley 100... suena escalofriante cierto?

Sin ningún tipo de timidez, este trío de ministros aclara que preservará intactos beneficios que parecen de otro país, y que claro... todos deseamos, pero no entiendo como, ni porque, solo unos pocos poseen:

  1. Exoneración del pago de bonos, cuotas moderadoras y copagos.
  2. Atención medica de todo tipo de patologías sin restricción alguna desde el primer día como afiliados.
  3. Entrega de medicamentos sin limite de precios y cantidad, siempre y cuando estén aprobados por el Invima.
  4. Atención de enfermedades de alto costo o catastróficas como cáncer, VIH-SIDA, insuficiencia renal crónica o aguda, patologías cardiovasculares, neurológicas y trasplantes, sin la exigencia de periodos mínimos de cotización o preexistencias.
  5. Atención al docente y sus beneficiarios: cónyuge, hijos, nietos los primeros 30 días y padres.

Si. Mientras millones de ciudadanos asegurados en el Sistema General de Seguridad Social en Salud prácticamente mendigan una consulta, o un medicamento no incluido en el Plan de Beneficios, el gobierno sostiene acuerdos y pacta beneficios para un grupo poblacional, que no implica (estadisticamente hablando) ningún riesgo especial, para hacerse acreedor a una tratamiento diferencial de esta magnitud y duración, y a unas coberturas dignas de una nación desarrollada, boyante y sin ningún tipo de restricciones económicas ni sociales.

Consultorsalud no tiene nada en contra del Magisterio, pero claramente encuentra una discrepancia entre las grandes luchas sociales que buscan protecciones adecuadas y equitativas entre y para TODOS los Colombianos, para que podamos efectivamente desarrollar un Sistema (uno solo) de Protección Social Integral, y decisiones  gubernamentales tan inclinadas a sostener privilegios en medio de gigantescas y evidentes necesidades de las grandes mayorías.

Deberíamos en cambio propugnar por un escenario en donde todos no sintamos igualmente representados e incluidos, en donde el Plan de Beneficios sea suficiente y costeable, en donde los actores del sector salud tengan y cumplan un papel bien definido cuyo propósito comun sea sostener la vida y la salud, mientras se perfilan nuevos escenarios de bienestar y desarrollo.

Cuando planteo estos debates en los diferentes escenarios nacionales, es notable el desconocimiento de estas diferencias, y frente a la identificación de esta realidad, se expresan dos posturas: la primera que claramente no es posible con el trío de ministros actuales: desmontar esos privilegios, y la segunda, que entonces todos los colombianos tengamos esos mismos derechos.

Voto por esa última papeleta.




Carlos Felipe Muñoz Paredes
Gerente General
Consultorsalud
www.consultorsalud.com 


martes, 28 de junio de 2011

LA CORTE CONSTITUCIONAL LLAMA A CUENTAS AL SECTOR SALUD


Hace solamente tres (3) semanas la Honorable Corte Constitucional aprobó el casi desconocido Auto 110, mediante el cual convoca a una audiencia pública de rendición de cuentas al sector salud Colombiano, que en su cuerpo contiene el mejor diagnóstico que he leído en los últimos tres años, y más allá, las recetas para resolver de fondo la problemática estructural que restringe el goce pleno del derecho fundamental a la salud.


Consultorsalud considera el documento tan revelador como importante, y recomienda su lectura completa a todos los actores, que tratan (muchos de ellos infructuosamente) de explicar lo que ya ha sido explicado con pulcritud, integridad y neutralidad, y de ofrecer soluciones que previamente han sido instituidas como TAREAS por parte de la Corte, y que como podrá verse, tienen muchas de ellas aún la chapa de incumplimiento.

La mayoría de los fragmentos que comparto con ustedes, son una reproducción textual de los acertados análisis y decisiones de estos magistrados, que evidentemente dan cátedra sectorial, social y de justicia superior, enarbolando al contrario de los distintos actores de la salud (permeados por sus propios intereses), unos criterios unificadores, que están guiados por el deseo del bienestar general; por ello será que resultan tan plausibles, graves y a la vez alentadores.

Dice la Corte que pudo constatarse la existencia de problemas recurrentes de violaciones al derecho a la salud, que reflejan dificultades estructurales del sistema de salud en Colombia, generado esencialmente por diversas fallas en su regulación. Las órdenes que se habían impartido caso por caso, no habían conducido a la superación de esta problemática: “en realidad, los órganos responsables de […] la regulación del sistema de salud no han adoptado decisiones que les garanticen a las personas su derecho a la salud sin tener que acudir a la acción de tutela”.

Las órdenes generales (16) buscan superar esencialmente cuatro fallas de regulación detectadas en el sistema: i) precisión, actualización, unificación y acceso a planes de beneficios; ii) sostenibilidad y flujo de recursos; iii) carta de derechos y deberes del paciente; y iv) cobertura universal.

Respecto del flujo de recursos para financiar los servicios de salud se manifestó que cuando una persona requiere un servicio de salud que no se encuentra incluido dentro del Plan Obligatorio de Servicios y carece de recursos para cubrir el costo, las EPS deben cumplir su responsabilidad y asegurar el acceso. Es el Estado quien ha de asumir el costo del servicio por cuanto le corresponde la obligación de garantizar el goce efectivo del derecho. La jurisprudencia constitucional y la regulación han reconocido a la entidad aseguradora el derecho de repetir contra el Estado a través del Fosyga. El adecuado financiamiento de los servicios de salud no contemplados en el POS depende del correcto flujo de recursos por parte del Estado para cubrir el pago de los recobros que reglamentariamente sean presentados por las entidades. En la medida en que tales costos no están presupuestados por el sistema dentro del monto que recibe la entidad aseguradora de la prestación del servicio de salud por cuenta de cada uno de sus afiliados o beneficiarios (UPC), su falta de pago atenta contra la sostenibilidad del sistema y al acceso a la prestación de los servicios de salud que se requieran con necesidad.

La Corte aclara con relación a los límites del derecho a la salud lo siguiente: El derecho a la salud es un derecho fundamental autónomo, sin que ello resulte contrario al reconocimiento de una importante faceta prestacional. Pero ello no significa que el derecho a la salud sea ilimitado en el tipo de prestaciones que cobija. El plan de beneficios no tiene que ser infinito toda vez que puede circunscribirse a las necesidades y prioridades que determinen los órganos competentes para asignar de manera eficiente los recursos disponibles.

Con relación a las EPS la Corte menciona que las entidades aseguradoras han irrespetado el derecho a la salud al poner barreras y obstáculos para que estos puedan acceder a los servicios contemplados y financiados. El Estado no ha protegido el derecho de las personas, ya que no ha adoptado las medidas adecuadas y necesarias para evitar que estas entidades lo irrespeten. Así el Estado deja de proteger el derecho a la salud cuando no ha expedido una regulación adecuada para implementar el programa que determina el derecho a entrar al régimen subsidiado y una EPS irrespeta el derecho a la salud cuando se impide acceder a un servicio de salud por fallas graves en el manejo y registro de la información que se tiene.

Con relación a la UPC menciona que si bien es claro que existe un esfuerzo por mejorar la metodología de ajuste de la UPC teniendo en cuenta su capacidad de financiación de los planes de beneficios, es importante reiterar que la actualización integral del POS y el POSS debe asegurar que los servicios médicos sean efectivamente financiados por la UPC de acuerdo con los criterios fijados en la Ley. La UPC debe mantener su capacidad de financiar los planes de beneficios y debe ser definida en concordancia con la actualización del mismo, de lo contrario, se desprotege el derecho a la salud de las personas y se amenaza el goce efectivo del mismo.

La Corte increpa al gobierno cuando menciona que “reconociendo el Gobierno la delicada situación que se presenta en cuanto a lo no cubierto por el Plan Obligatorio de Salud, ha debido proveer desde el primer momento mecanismos de solución oportunos, profundos y eficientes a través de la vía democrática. Es imperioso avanzar hacia un sistema de protección social que garantice la prestación del servicio público y el goce efectivo del derecho a la salud dentro de un marco financiero sostenible a corto, mediano y largo plazo, que además prevea los fondos de reserva necesarios para periodos de crisis”.

No se aprecia la existencia de una política estable, integral y progresiva de salud que materialice con la mayor inmediatez posible los dictados constitucionales a favor de la población colombiana.

La Corte rechaza que con la sentencia T-760 de 2008 se hayan justificado planes infinitos de beneficios en salud. Distinto es que los jueces de la República y la Corte se vean abocados a proteger el derecho a la salud por su amenaza o vulneración en ejercicio de sus atribuciones constitucionales. Resulta un contrasentido que algunos de los hechos que en su momento la sentencia T-760 de 2008 calificó como problemas recurrentes, del pasado y de orden estructural, como los relacionados con el suministro de medicamentos y tratamientos no POS, ahora sean invocados por el Gobierno como hechos de carácter sobreviniente y extraordinarios.

La problemática que enfrenta el sistema de salud es el resultado de errores que se acumularon desde la expedición de la Ley 100 de 1993.

Las situaciones de abuso, evasión, elusión, ineficiencia administrativa y corrupción no son fenómenos nuevos, imprevistos, inusitados y extraordinarios. Deben atacarse las causas que propician el desequilibrio financiero antes que sus efectos. De lo contrario, sería realizar grandes esfuerzos fiscales para tratar de llenar un saco roto.

La elusión, evasión, malversación de fondos, indebida contratación, alto costo de la intermediación, inexactitud en las bases de datos, ineficiencia administrativa, corrupción, debilidad de los órganos de control, entre otros, abonan el camino hacia el desequilibrio financiero del sistema. La Corte no considera que se esté frente a una situación inadvertida o súbita para el Gobierno y de presentación reciente, máxime cuando ya ha sido reconocida de tiempo atrás por actores como la academia y los órganos de control. Las pruebas aportadas al asunto muestran el incumplimiento de la normatividad legal y reglamentaria en salud, por lo que los órganos de control deben cumplir eficazmente su función primordial en esta materia.

En esa medida, deben expedirse regulaciones legislativas estatutarias, orgánicas y ordinarias, como normas reglamentarias, para superar definitivamente la problemática estructural en salud.

Continua la Corte Constitucional mencionado que en esa medida, lo dispuesto en la sentencia T-760 de 2008 no se opone a un rediseño profundo e integral del sistema de salud por los órganos legislativo y ejecutivo, que permita al país avanzar de manera significativa e inmediata hacia un nuevo sistema de protección social dentro de un marco financiero sostenible, y producto de un proceso de discusión pública plasmado de legitimidad democrática, participativa y pluralista.

Y Concluye que: “Para la Corte las barreras de acceso a los servicios de salud que se requieren con necesidad y que impiden garantizar el goce efectivo del derecho, detectadas en la sentencia T-760 de 2008, no han sido superadas definitivamente”.

Este Tribunal no desconoce la regulación que se ha expedido hasta este momento. Reconoce que en la actualidad la problemática de la salud hace parte de la agenda gubernamental y legislativa, como lo muestra la expedición reciente de las leyes 1393 de 2010 (redefinen rentas de destinación específica, medidas para promover actividades generadoras de recursos, evitar evasión y elusión de aportes, redireccionan recursos al interior del sistema) y 1438 de 2011 (reforma el sistema general de seguridad social en salud), así como la aprobación del proyecto de ley 142/10 Senado y 174/10 Cámara (normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública), además del trámite que se surte en el Congreso del proyecto de ley estatutaria 186/10 Senado y 131/10 Cámara (acumulado con los proyectos 189 y 198 de 2010, entre otras regulaciones.

No obstante, la problemática estructural persiste sobre el sistema de salud en Colombia, como lo muestran los antecedentes de esta decisión. Se requieren decisiones estatales profundas e integrales por los reguladores del sistema, que permitan superar definitivamente las barreras que impiden garantizar el acceso a los servicios y el goce efectivo del derecho a la  salud.

Y la Corte hace además un diagnóstico de los diez porqués, para no poder avanzar y superar la situación:

La actuación procesal en el seguimiento a la sentencia T-760 de 2008, refleja, entre otros aspectos, una serie de dificultades que impiden avanzar en el cumplimiento de las órdenes generales:

  • 1.     No acreditación de una participación directa y efectiva de los usuarios y la comunidad médica en i) la actualización integral de los planes y ii) la ejecución del programa y cronograma para la unificación de los planes de beneficios.
  • 2.     No se observa de los actos expedidos en cuanto al proceso de actualización de los planes de beneficios una revisión minuciosa y ajustada a cada uno de los parámetros establecidos en las órdenes generales.
  • 3.     La metodología de ajuste de la Unidad de Pago por Capitación no resulta óptima al no obedecer en su establecimiento a datos reales, actuales y verificables. Ello acarrea que la UPC vigente pueda no resultar justa y equitativa, además de restringir el acceso a mayores servicios de salud.
  • 4.     No es claro si la periodicidad en la actualización del POS establecida recientemente en dos (2) años, permita superar los presupuestos de la orden general (cambios en la estructura demográfica, perfil epidemiológico, tecnología apropiada y condiciones financieras).
  • 5.     No se encuentra acreditado que en la práctica la unificación de los planes de beneficios para las niñas y los niños se cumpla adecuada y efectivamente por parte de las entidades prestadoras del servicio de salud.
  • 6.     Se discute por los actores del sistema de salud si realmente el valor de la UPC fijado para niñas y niños del régimen subsidiado es suficiente para cubrir la prestación del POS contributivo.
  • 7.     Ausencia de certeza sobre cómo el programa y cronograma resulta óptimo y eficaz para la unificación gradual y sostenible de los planes de beneficios.
  • 8.     Falta de transparencia, veracidad y univocidad en los sistemas de información.
  • 9.     Alto costo en la intermediación y administración.
  • 10.  Debilidad y ausencia de una efectiva inspección, vigilancia y control




Y recomienda: Es menester que el país cuente con una política pública en salud seria, responsable, estable, integral, progresiva y cuidadosamente diseñada e implementada.

Después de todo este estupendo análisis, los magistrados encuentran necesario citar a audiencia de rendición de cuentas en los siguientes términos: “Por lo anterior, la Sala Especial de Seguimiento de la sentencia T-760 de 2008 de la Corte Constitucional, encuentra necesario citar a audiencia pública de rendición de cuentas a los órganos responsables de la regulación y control de la política pública en salud, para el cumplimiento de las órdenes generales 16 (adopción de medidas necesarias para superar las fallas de regulación), 17 (actualización integral del POS), 18 (periodicidad en la actualización), 21 (unificación de planes de beneficios para niñas y niños de los regímenes contributivo y subsidiado) y 22 (adopción de programa y cronograma para la unificación de los planes de beneficios de los regímenes contributivo y subsidiado).  La finalidad radica en crear un espacio de reflexión público sobre las barreras y obstáculos que hoy en día impiden avanzar oportuna y eficazmente en el acceso a los servicios de salud (cumplimiento de la sentencia T-760 de 2008). Esta Sala Especial de Seguimiento enfatiza que se ingresa en una nueva etapa en el proceso de seguimiento a la sentencia T-760 de 2008, que busca propender por soluciones profundas, definitivas e integrales por parte de los órganos responsables de la regulación, frente a una problemática recurrente y estructural que también ha sido puesta de presente en la sentencia C-252 de 2010.

Que interesante será oír las explicaciones del Ministro de la Protección Social, Dr. Mauricio Santa María Salamanca, del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Dr. Juan Carlos Echeverry Garzón, de la Vocera de la Comisión de Regulación en Salud (CRES), Dra. Esperanza Giraldo Muñoz, y del Superintendente Nacional de Salud, Dr. Conrado Adolfo Gómez Vélez, amén de lo que dirán en sus veinte (20) minutos los 14 invitados especiales: Procurador General, Defensor del Pueblo, Contralora General, Fiscal General, Directora de la Organización Iberoamericana de Seguridad Social OISS, Vocera por las Comisiones Séptimas Constitucionales Permanentes del Senado de la República y la Cámara de Representantes, Presidente de ASCOFAME, Presidente de ACEMI, Director de la Comisión de Seguimiento a la sentencia T-760/08, Vocera del programa Así Vamos en Salud,    Director del Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad, Eduardo Cifuentes Muñoz (académico constitucionalista), Luis Jorge Garay (académico economista), y Vocero del Centro de Investigaciones para el Desarrollo (CID) de la Universidad Nacional.

A Consultorsalud, y seguramente a muchos de los participantes, le parece que las seis preguntas formuladas a los Ministros, a la CRES y al Superintendente son importantes, pero destaca la última que dice: “Frente a la problemática estructural que aqueja al sistema de salud en Colombia y que ha sido reconocida de tiempo atrás por los distintos actores de la salud: ¿considera usted indispensable el rediseño del sistema de salud en Colombia y cuál ha sido su gestión en orden a superar definitivamente las deficiencias de regulación y control, máxime cuando la sentencia C-252 de 2010 propugnó por el camino de la democracia, la participación y el pluralismo ?”.

Consultorsalud espera con sereno interés el siete (7) de julio, pero más allá, la sentencia que de esta rendición se desprenda, que podría contener nuevas órdenes, abonando soluciones practicas, como ya lo ha demostrado con suficiencia y desde hace muchos años esta sala excepcional.

Bien por la corte.



Carlos Felipe Muñoz Paredes
Gerente General
Consultorsalud

jueves, 6 de enero de 2011

RETOS DE LAS EPS 2011


Apenas comienza el año 2011, y ya pueden conocerse la gran cantidad de retos que deberán atender las Empresas Promotoras de Salud, luego del texto aprobado de la reforma al Sistema General de Seguridad Social en Salud; la gran mayoría de ellos, con seguridad redundarán en beneficios inequívocos para todos los colombianos.
He querido hacer una lista simplificada de los que considero los mas importantes:

  1. Nuevos requisitos de funcionamiento: que reglamentará el Ministerio de la Protección Social (MPS), en relación con el número mínimo de afiliados, margen de solvencia y capacidad financiera y técnico-científica. Tenemos al frente entonces un periodo de acercamientos y alianzas estratégicas entre aseguradores, que podría terminar convirtiéndose indirectamente en otro decreto 1804, que impulsó fusiones empresariales y liquidó sin contemplaciones a decenas de empresas de salud que no cumplieron requisitos. Veremos surgir de este importante articulo de la nueva ley, un sector asegurador fortalecido, con menos actores que tienen una mejor capacidad de asegurar el riesgo, y de supervisar el estado de salud de sus afiliados.
  2. Ajuste administrativo: debiendo las EPS del régimen contributivo reducir sus gastos hasta el tope del 10% de las UPC recibidas, liberando simultáneamente miles de millones para ofrecer mas y mejores servicios de salud (recordemos que las EPS del régimen subsidiado ya administran la UPC con un tope del 8% desde hace años).
  3. Portabilidad Nacional: Este nuevo derecho que se le entrega a los colombianos, representa para las EPS un gran reto logístico, contractual y financiero, y les exigirá con seguridad el mayor cuidado para conservar el control sobre la puerta de entrada y el sistema de referencia y contra referencia, sin generar barreras de acceso, pero al mismo tempo evitando un uso irracional y no supervisado de los servicios.
  4. Prestación del POS a través de redes integradas de servicios:  Como para alquilar balcón estará esta coordinación que deben hacer con los entes territoriales, para definir la red necesaria y suficiente que atenderá las poblaciones afiliadas, y que según la norma puede incluir oferentes públicos y privados; de igual magnitud será el pulso para vigilar la reglamentación de estas redes, que adquieren un estatus vital en el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
  5. Actualización del POS: Definitivo será para las EPS obtener las garantías suficientes por parte de la CRES y el MPS, para que la UPC aprobada sea capaz de comprar la canasta de beneficios que no para de crecer, no solo por cuenta de los estudios técnicos, sino por decisiones legislativas, que por ejemplo ahora incluyen la atención integral en salud mental , a discapacitados, a mujeres violentadas y atención preferencial a menores de 18 años; un mal cálculo traería la ruina de todo el sector, y una insuficiencia de la UPC no detectada y no compensada integralmente, ademas convocaría responsabilidades incalculables para el Estado Colombiano.
  6. Saneamiento de las deudas: Otra vez el gobierno expide una norma otorgándole plazo a los alcaldes y EPS para que liquiden los contratos (3 meses), y paguen lo saldos (1 mes adicional); Confiemos que esta sea la vencida, y los recursos fluyan hasta los últimos receptores que esperan hace años estos pagos que se envolataron en medio de tanta intermediación financiera. Sobre este tema es hora de un PUNTO FINAL. que quienes tienen obligaciones las paguen (especial y primeramente el Estado en sus diferentes presentaciones territoriales y nacionales), y hacia el futuro el gobierno debe ser inflexible con todos aquellos que incumplan las normas: FUERA DEL SISTEMA.
  7. Audiencia Públicas, Indicadores de Gestión y Evaluación: Las EPS tendrán una gran cantidad de controles adicionales en adelante, que buscarán que su labor, se refleje en mejoras significativas en el mantenimiento y/o la recuperación de la salud de sus afiliados, y se acumulan artículos sancionatorios que van desde multas consecutivas, pasando por intervenciones forzosas, hasta la pérdida de la habilitación por diferentes motivos.
Podría seguir escribiendo sobre los SESENTA aspectos principales que la nueva ley de salud trae para las EPS, pero me detengo simplemente para decir, que en adelante PARA SER ASEGURADOR HAY QUE TENER VOCACIÓN, porque la cosa se puso color de hormiga. 


Carlos Felipe Muñoz Paredes
Gerente General

sábado, 20 de febrero de 2010

Emergencia en Emergencia?


En el peor momento en que se puede desatar una emergencia social, el gobierno colombiano cerro el año 2009, y se embarcó en la aventura sectorial de resolver una gran cantidad de problemas, que se venían acumulando, muy a pesar de la permanente y casi con seguridad exagerada reglamentación mal implantada, y que se convirtieron en el detonante de una insuficiencia de recursos, que puso de rodillas al  sistema de salud, frente a la posibilidad real de una pérdida de accesibilidad a los servicios por parte de millones de colombianos.
Y digo peor momento (dependiendo de la orilla desde donde se mire), porque en la ultima etapa de un periodo electoral, en donde la ausencia de programas de gobierno brillan por su popularidad, y los candidatos acéfalos (como casi siempre en esta nación) de claridades, liderazgos y de ese reclamado perfil de estadista que seguimos buscando con lupa, se encontraron con este regalo, que ha sido ampliamente explotado como el mejor botín de guerra, en todas las plazas de nuestros municipios y ciudades.
He sido testigo de excepción de geniales inventos proselitistas de muchos de estos pretenciosos aspirantes a padres de la patria, que bajo el auspicio cómplice de algunos medios de comunicación sedientos de noticias amarillistas, y sin un ápice de lectura básica de los contenidos de la emergencia, abrieron un debate sin precedentes, que muy a pesar de su obscuro origen, es sin lugar a dudas la mejor ganancia de la emergencia.
Por primera vez y con asombro, vi el despertar de una nación mixta, súbitamente revitalizada y animada por una causa común, reclamando un derecho que le pintaron en los noticieros y periódicos como perdido.
Médicos olvidados por mas de 15 años, desempolvaron sus asociaciones, y volvieron a hablar de autonomía, ética, autoregulación, y se escucharon discursos dignos de remotas épocas, en que los galenos eran seres especiales dentro de la sociedad.
Pacientes que dejaron de serlo, gritaron en las calles y desempolvaron los maltratos acumulados en estos años por cuenta de algunos aseguradores y prestadores, y enfilaron baterías contra aquellas que parecen haber invertido sus recursos de salud, en obras de infraestructura (y otros menesteres), que dominan el paisaje de nuestras ciudades, frente a los ojos desapercibidos de las autoridades competentes.
Los hospitales públicos reagruparon sus fuerzas y con el vigor que solo puede infundir el acaloramiento de la confusión mediática, y el sentimiento de la opresión crónica, reclamaron y exigieron, e intentan clavar su bandera en lo mas alto de las conquistas emergentes.
Unos pocos medios de comunicación llevaron a extremo su insaciable deseo de raiting, y rebuscando aquellos casos excepcionales, los hicieron declarar sus lastimeros destinos clínicos en horarios triple A, conmoviendo a la sociedad toda, haciendo de episodios estadísticamente no representativos, la parodia de una realidad universal.
Juristas de todas las estirpes analizan con deleite en todos los cafés, si la emergencia tiene orígenes sobrevinientes, si la pueden considerar de gravedad inminente, y si sus decretos tienen conexidad y especulan sobre los dictámenes que hará la Corte Constitucional, convirtiéndose en la apuesta de moda.
Las cerveceras invierten decenas de millones en propagandas radiales, en las que anuncian que ahora tomarse una deliciosa cerveza helada a la semana, le costará cien pesos ($100) más a todos los colombianos, por culpa de la emergencia.
Los fabricantes de medicamentos, a quienes se atribuye una buena parte de la responsabilidad de los sobre costos de operación del sistema de salud colombiano, han comenzado a bajar el precio de algunas de sus moléculas... de un solo golpe rebajas de mas del 40% no es FANTÁSTICO?
Catedráticos, lingüistas, traductores, universitarios, docentes y todo tipo de interpretes, han puesto el grito en el cielo por la breve y nobel definición del plan de beneficios, haciendo un escándalo tan grande, que no deja recordar que los derechos en Colombia son progresivos y que el guardián de ellos, está a buen recaudo de influencias tendenciosas.
El Presidente como cualquier vecino, ha tenido que dejar de trabajar en su agenda habitual, para capotear el vendaval, y reculando con valor, ha reconocido que mirar las cesantías de los colombianos es un sin sentido, que no es necesario multar a los médicos, que desde siempre han podido ser demandados por mala praxis, que la definición del POS fue desafortunada y que los derechos adquiridos no se pueden extinguir, y menos si  en ello se juega la vida de un ciudadano. 
Los contratos de asesoría de algunos pocos decretos, fueron acertadamente desnudados, no tanto porque sus gestores no sean profesionales idóneos, o por sus escandalosos montos, sino por su pobreza conceptual, por su infantil redacción plagada de errores (todos ellos evitables), y porque dejan ese amargo sinsabor de favorecimientos, que nadie a podido a la fecha comprobar.
Las EPS han recibido un Tsunami de criticas, de sus antiguos opositores y de los nuevos adeptos en contra del modelo de salud, y el gobierno ha comenzado a desandar el camino del aseguramiento autorizando giros directos a los prestadores de baja complejidad, y presta oídos a solicitudes en igual sentido en la mediana y alta complejidad, con lo cual terminaría de rematar esta emergencia, transformando un débil aseguramiento en una simple e inoficiosa administración delegada (afirmación que ya es 68% cierta en esta nación).
Otros se apresuran a hacerse parte ante la Honorable Corte Constitucional, para tratar de demostrar la inconstitucionalidad de la declaratoria, como un mero y muy elegante ejercicio jurídico, sin realizar un solo aporte, para solucionar lo que para todos es claro: el barco hace agua y si no se hace algo, podría llegar a hundirse, con terribles consecuencias sociales, financieras, fiscales y por supuesto sectoriales.
De poco sirve que 11 millones de jóvenes del régimen subsidiado tengan ya los mismos derechos que en el régimen contributivo, y que se hayan establecido por fin plazos definitivos para revisar y actualizar el POS, o que exista un billón de pesos adicionales para la salud, o que se aprobara un reclamado estatuto anticorrupción sectorial, que se pongo un punto final a las carteras que arrastran aseguradores y prestadores usando para su cancelación recursos congelados dentro de una operación que se enredó, que la Inspección, vigilancia y especialmente el control, tengan ahora herramientas para intervenir y cerrar no solo IPS sino EPS, que la prueba piloto de barranquilla documente la reducción de tutelas, de quejas y de tiempos en la atención, que los flujos de recursos tengan en adelante un camino expedito sin la intermediación territorial que tanto daño hizo a la operación, que las prestaciones excepcionales estén identificadas y posean un responsable y un fondo que proveerá los recursos y negociará su mejor uso, que la Base de Datos Única de Afiliados sea el criterio de asignación de recursos, y muchos otros beneficios que el Ministro nunca pudo explicar convincentemente hasta ahora.
NO. Estamos tan envalentonados todos, que no podemos considerar por un solo instante, que si conciliamos y aportamos ahora mismo, podríamos tener la solución para la mayoría de las dificultades al alcance de la mano, corrigiendo los yerros de esta emergencia, pero mas importante aún, corrigiendo definitivamente las fallas protuberantes del sistema de salud, que todos conocemos y que con valor y de manera imperfecta el gobierno ha intentado remediar.
La emergencia no es, ni tan mala como dicen los politiqueros, ni tan buena como dice el gobierno, ni tan completa como necesitan los colombianos, pero de una cosa estoy seguro: es la mejor oportunidad que he conocido para dejar de cojear, y pegar un salto en donde todos los actores y especialmente el ciudadano de a pie, salga ganador.