Como un hecho histórico califica CONSULTORSALUD la atrevida decisión adoptada por el Doctor Conrado Gómez, Superintendente Nacional de Salud, en compañía de su equipo de colaboradores, al romper el paradigma de las intervenciones de salvamento y liquidación de EPS, e instaurar una figura intermedia con el nombramiento de CONTRALORES.
La nobel figura sectorial combina favorablemente un efectivo control interno, con ausencia total de responsabilidad sobre la operación de la entidad, que continua en manos de la junta directiva y el gerente de cada EPS.
Esta medida cautelar no deja de ser una poderosa herramienta que remueve sin contemplaciones ni preavisos a los Revisores Fiscales de las Empresas Promotoras de Salud de ambos regímenes, y les designa un CONTRALOR, con funciones muy específicas de Revisoría Fiscal.
Las 11 EPS que ahora tienen contralores de la Supersalud son: Salud Vida, Pijao Salud, Ambuq, Coosalud, Asmet Salud, ComfaChoco, Famisanar, SOS, Comfenalco Tolima, Comfamiliar Cartagena y Comfamiliar Nariño.
La medida incluye la presentación de un Plan de Acción que debe cumplir por lo menos con los siguientes aspectos:
1. Convocatoria a todos los acreedores que tengan derecho a reclamarle a la entidad para que se registren y auditen TODAS las reclamaciones.
2. Depuración contable, y en particular depuración de las deudas o pasivos de las cuentas por cobrar o por pagar.
3. Plan de recuperación y sostenibilidad financiera, que estará orientada a garantizar la liquidez, y a subsanar la insuficiencia financiera. Este plan detallará:
a. Acta de aprobación del programa de ajuste financiero firmado por la Junta directiva del organismo, con un horizonte menor a 3 años.
b. Discriminación de activos y pasivos con accionistas con más del 5% del capital de la EPS.
c. Condonación de la posible reclamación de acreencias por parte de los asociados.
d. Propuesta de capitalización
e. Propuesta de cesión y venta de activos fijos improductivos
f. Plan de acción de recobros
g. Plan de acción para la disminución gradual del pasivo generado por la prestación de servicios
h. Acuerdos de pago del pasivo externo.
i. Racionalización de gastos
j. Flujo de caja mensual
4. Reorganizar la red de servicios, garantizando el flujo de recursos, de ser necesario a través del GIRO DIRECTO.
5. Monitoreo y evaluación de la atención en salud.
6. Auditoria Forense Contable a través de firmas especializadas, con cargo a la EPS, que responderán de manera calificada a interrogantes como: quien, por qué, que, donde, como, y cuando se presentaron hechos o actos de tipo financiero o contable al interior de la entidad. Las firmas deberán poseer experiencia e idoneidad demostrada como mínimo en contabilidad, CRIMINOLOGIA, investigaciones y normatividad en el SGSSS.
7. Elaborar un plan que garantice:
a. Sistema de afiliación y registro.
b. Sistema de red prestadora.
c. Sistema de gestión de indicadores
d. Seguimiento y control a los servicios de salud prestados
e. Sistema administrativo y financiero
f. Sistema de atención al usuario
8. Estructurar prácticas de buen gobierno y de mejor servicio
Las medidas adoptadas en las EPS, tendrán una vigencia de seis (6) meses prorrogables, sin perjuicio que la Supersalud previo concepto del contralor y evaluación de los resultados, disponga la REVOCATORIA de la habilitación.
El Gerente de la EPS, tiene treinta (30) días hábiles para presentar el plan de acción.
Bueno…que decir, ahora tendremos expertos investigadores criminalísticas hurgando al interior de las EPS que nacieron bajo criterios de representatividad de los usuarios y compradores inteligentes de servicios de salud.
NO olvidemos el viejo refrán: “El que busca…”
Como ejemplo descargue aquí la Res 141 Salud Vida.
No olvides visitarnos: www.consultorsalud.com
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